Carmen Escandón

El 30 de julio está fechado en el calendario desde 2013 como Día Mundial contra la trata de personas. Hablamos de un delito contra los derechos humanos, que supone la auténtica esclavitud del siglo XXI; es uno de los delitos más comunes que conlleva la explotación de mujeres, niños y niñas, fundamentalmente (el 94% según informe 2018 de la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), con fines diversos de explotación sexual y trabajo forzoso mayoritariamente, y que mueve mayor cantidad de dinero en todo el mundo, tras el tráfico de drogas y de armas.

Se define la trata como “la captación, transporte, traslado, acogida o recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, rapto, fraude, engaño, abuso de poder o situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. La explotación incluye, como mínimo, la derivada de la prostitución y de otras formas de explotación sexual como la pornografía, trabajos o servicios forzados, la esclavitud o prácticas similares, servidumbre, mendicidad, las actividades delictivas y la extracción de órganos.”

Desde algunos ámbitos se recrimina que se identifiquen la trata y la prostitución; cierto es que no son lo mismo, pero no es menos verdad que la primera afecta en un 94% a mujeres y niñas a las que se explota sexualmente. Blanco y en botella. Recientemente, la Sala de lo penal del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia trascendental pues considera que es delito de trata la actividad de los clubs de carretera donde se esclaviza a mujeres extranjeras. Confirma las condenas impuestas a miembros de una organización que obligaba a prostituirse en distintos clubs de alterne de Córdoba, Vigo y La Coruña (porque se compran y se venden entre ellos como si de “carne” se tratara) a 4 mujeres, dos de ellas niñas, traídas de Nigeria.

El modus operandi de estas mafias suele ser similar; captan a sus víctimas en terceros países, normalmente subdesarrollados, generalmente con intimidación, engaño, abuso de poder, a las que prometen un futuro en Europa; una vez aquí se las instala en prostíbulos y se les comunica que han generado una deuda con la organización de muchos miles de euros y que deben pagarla, amenazando a las víctimas con dañar a sus familias en el país de origen si denuncian o no pagan. Y así las explotan hasta agotarlas física y mentalmente, hasta anularlas como personas.

La citada sentencia tiene de particular que identifica claramente el delito de trata de personas, porque además del tráfico ilícito de inmigrantes, conlleva la captación indebida y el propósito de explotación, principalmente sexual. Además reitera la jurisprudencia del TS de que no se puede calificar como un único delito ni delito continuado, sino que hay tantos delitos como víctimas.

Como dice la propia STS, no hace falta irse a lejanos países para observar la esclavitud del siglo XXI de cerca, simplemente adentrarse en lugares tan cercanos…” y en Asturias la más próxima y cercana es la sentencia de la Audiencia Provincial en el caso de los hermanos Sandulache, cuya resolución final debería ser clara y previsible, a la luz de esta sentencia del TS.

Pero no cabe duda que los problemas internacionales deben tener soluciones internacionales. Así, el Plan de Acción mundial para combatir el tráfico de personas, que ha permitido la creación de un Fondo voluntario fiduciario para las víctimas, y que permite a duras penas llevar a cabo esa tarea de asistencia y protección por parte de organizaciones especializadas, como Médicos del Mundo o Apramp, que lleva 20 años atendiendo a víctimas desde su sede en Avilés, con atención 24 horas. Vaya por delante nuestro reconocimiento a su labor social.

Por otro lado, la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible que España ha suscrito, con otros 190 países, reconoce entre sus 17 objetivos, el objetivo 8, trabajo decente y crecimiento económico, entre cuyas metas se contempla erradicar el trabajo forzoso, poner fin a las formas modernas de esclavitud y a la trata de seres humanos, asegurando la prohibición y eliminación de las peores formas de trabajo infantil.

Por último, la más elemental ley de la ciencia económica, oferta-demanda, contiene en sí misma la solución a este crimen humanitario, en la medida en que eliminando la demanda de esos clubs de alterne que se distribuyen a lo largo y ancho de nuestra geografía, a pie de carretera, estaríamos eliminando el negocio de quienes ofertan seres humanos. Sin trato no habría trata. Nos concierne a todxs luchar contra esta realidad, denunciando cualquier caso del que podamos tener conocimiento, asesorando a las víctimas y asegurándolas frente a los proxenetas y explotadores.

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