Desde el 28 de noviembre hasta el 31 de diciembre las mujeres españolas TRABAJAMOS GRATIS

En la UE, las mujeres cobran por hora un 13 % menos que los hombres de media. Esto equivale a un mes y medio de salario al año (47 días de salario). Por este motivo, la Comisión Europea marca el 15 de noviembre como un día simbólico para concienciar sobre el hecho de que las trabajadoras en Europa siguen ganando de media menos que sus Compañeros masculinos.


En España nos sumamos a esta concienciación de la población en relación a la brecha salarial que soportan las mujeres asalariadas españolas. De media cobramos un 9,4 % menos que los hombres en salario/hora. Eso supone 34 días al año que trabajamos gratis, que este año se fija en el 28 de noviembre.

Aunque desde hace más de 45 años existe una legislación europea sobre la igualdad salarial entre mujeres y hombres, la brecha salarial de género en la Unión Europea sigue siendo inaceptablemente elevada, el 13 %. En España la brecha en salario hora se ha reducido hasta el 9,2 %. Hay que recordar que el salario hora no tiene en cuenta ninguna variable (modalidad de contrato, de jornada, complementos salariales, entre otras) y hay que tener en cuenta que en España dos millones de mujeres trabajan a tiempo parcial, y la mayoría no percibe ningún tipo de complemento. Este es el motivo de la reducción de la brecha salarial en relación a la diferencia salarial en salario bruto anual entre mujeres y hombres.


La UE tiene el compromiso de adoptar una Directiva sobre transparencia salarial que faculte a las trabajadoras para que se reevalúe el valor de su trabajo, ahora infravalorado, pero que va posponiendo el momento de su adopción.
Desde el Comité de Mujeres de la Confederación Europea de Sindicatos, venimos participando a lo largo de los últimos años, con campañas continuas para presionar a la Comisión Europea, al Parlamento Europeo y al Consejo de la Unión, para que apruebe una Directiva sobre Transparencia Salarial, que garantice los instrumentos necesarios para conocer las discriminaciones salariales en el ámbito laboral.


En España contamos con un acuerdo de Salario Mínimo Interprofesional, que debemos seguir manteniendo y reivindicando su aumento en los próximos años y con un Real Decreto sobre Igualdad Retributiva, que va a permitir a las trabajadoras españolas conocer los motivos de su discriminación salarial y eliminarlos, corregirlos y prevenirlos en un futuro a través de los Planes de Igualdad y los Convenios Colectivos. O bien, a través de las demandas ante la
Inspección de Trabajo o ante los juzgados correspondientes ya que los Registros Retributivos, obligatorios en todas las empresas españolas y las Auditorías Salariales, obligatorias para quienes tienen o quieren poner en marcha un Plan
de Igualdad, serán pruebas para poder demostrar la discriminación hacia a las mujeres.

El principio de igualdad de retribución está consagrado en el artículo 157 del Texto Fundacional de la UE. Sin embargo, en toda la Unión Europea, la diferencia salarial entre hombres y mujeres persiste y se sitúa en el 13%, con importantes variaciones entre los Estados miembros; sólo ha disminuido mínimamente en los últimos diez años, pasando de una brecha de 15,8 % en 2010 al 13 % en 2020, en el conjunto de la Unión Europea.

El caso de España es más llamativo, partiendo de una brecha salarial en 2010, del 16,2 % que ascendió hasta el 18,7 % en 2012, se ha reducido al 9,4 % en 2020.


España se sitúa en el octavo puesto de las brechas salariales más bajas en salario hora. Pero hay muchos factores sobre los que hay que seguir actuando para que estas diferencias se reduzcan en todos los aspectos que afectan de manera directa al salario como hemos mencionado anteriormente.

La Eurocámara a través de las comisiones de Derechos de la Mujer y Empleo quiere que las empresas de la UE con al menos 50 empleados sean totalmente transparentes en cuanto a sus salarios. A tal efecto, pretenden:

La propuesta de la Comisión de una directiva de transparencia salarial se desarrolla con el fin de reforzar la aplicación del principio de igualdad de retribución por un mismo trabajo o trabajo de igual valor entre hombres y mujeres mediante la transparencia salarial y los mecanismos de aplicación.

Los eurodiputados exigen que las empresas de la UE con al menos 50 empleados (en lugar de 250 como se propuso inicialmente) estén obligadas a divulgar información que facilite, a quienes trabajan para el mismo empleador, la comparación de salarios y exponga cualquier diferencia salarial existente entre hombres y mujeres dentro de la organización.


Las herramientas para evaluar y comparar los niveles salariales deben basarse en criterios neutrales en cuanto al género e incluir sistemas de evaluación y clasificación de puestos de trabajo neutrales en cuanto al género.


Resulta preciso señalar que si los informes salariales muestran una brecha salarial de género de al menos el 2,5% (frente al 5% de la propuesta inicial), los Estados miembros tendrían que garantizar que los empresarios, en cooperación con los representantes de las personas trabajadoras, realicen una evaluación salarial conjunta y desarrollen un plan de acción de género.

Respecto a la prohibición del secreto salarial el texto comunitario estipula que los trabajadores y sus representantes deben tener derecho a recibir información clara y completa sobre los niveles salariales individuales y medios, desglosados por género. Se propone prohibir el secreto salarial, a través de medidas que eliminen las cláusulas contractuales que restrinjan a los trabajadores la divulgación de información sobre su salario, o la búsqueda de información sobre la misma u otras categorías salariales de los trabajadores.


Sobre la inversión de la carga de la prueba se propone que si un trabajador considera que no se ha aplicado el principio de igualdad salarial y lleve el caso a los tribunales, la legislación nacional debería obligar al empresario a demostrar que no ha habido discriminación.


Ahora queda esperar a que la propuesta salga a luz en forma de Directiva y esta se trasponga de forma paulatina al ordenamiento jurídico de cada uno de los países miembros y podamos comprobar el impacto que va a suponer esta
transparencia en materia retributiva que estimamos pueda beneficiar a mujeres y hombres en sus relaciones laborales.

Propuesta de DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO por la que se refuerza la aplicación del principio de igualdad de retribución entre hombres y mujeres por un mismo trabajo o un trabajo de igual valor a
través de medidas de transparencia retributiva y de mecanismos para su efectivo cumplimiento

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