Las históricas reivindicaciones de las mujeres y del movimiento feminista, del que formamos parte, sobre las múltiples formas de violencia contra nosotras, van poco a poco consolidándose a través de leyes y garantías.
Son muchas las formas de violencia contra las mujeres, dentro de una violencia estructural, invisibilizada y a veces desconocida, que se justifica con la tradición y las costumbres, y revela hasta qué punto somos una sociedad tremendamente machista y patriarcal.
A finales de septiembre, el Gobierno aprobaba el anteproyecto de ley orgánica de medidas en materia de violencia vicaria. Los objetivos son su definición jurídica y el establecimiento de la tipificación como delito, para articular medidas de prevención, atención y reparación de las víctimas y dar cumplimiento a las medidas del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Se tipifica la violencia vicaria en el Código Penal y para ello se incorpora un nuevo artículo, 173 bis, como un delito contra la moral, y que contempla una pena de prisión de seis meses a tres años. Esta modificación convierte la violencia vicaria en un delito autónomo con agravante de género y sanciones acumuladas.
De igual modo, se incorpora al Código Penal una nueva pena que consiste en la prohibición de publicar o difundir textos, imágenes, mensajes o contenidos que tengan relación directa con el delito cometido, y evitar así caer en la tentación que tienen algunas personas de dudosa integridad de querer enriquecerse con el dolor de una madre, como pasó hace unos meses cuando se hizo pública la intención de publicar un libro sobre Ruth y Gabriel. La presión social en este caso sirvió para que el asesino no se lucrase ni se siguiera haciendo daño a la madre.

También este mes podemos celebrar por fin que el Gobierno haya aprobado el anteproyecto de reforma del artículo 43 de la Constitución, para blindar y garantizar el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, con la siguiente redacción: “Se reconoce el derecho de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo. El ejercicio de este derecho, en todo caso, será garantizado por los poderes públicos, asegurando su prestación en condiciones de igualdad efectiva, así como de protección de los derechos fundamentales de las mujeres”.
Este artículo se incluirá en el título Primero, dedicado a los derechos y deberes fundamentales, concretamente en el capítulo III, referido a los principios rectores de la política social y económica. Blindar este derecho en la Constitución impedirá que los futuros Gobiernos lo puedan limitar o revertir. Bien sabemos nosotras que son precisamente nuestros derechos los primeros que peligran cuando los ultras llegan al poder. Gobernar sobre nuestros cuerpos y quitarnos la capacidad de decidir es de donde venimos, y no vamos a consentir que nos vuelvan a llevar a la España del NO-DO, la de los abortos clandestinos, y poner en peligro la salud y la vida de mujeres y niñas… ¿Te enteras, Ayuso?
Y no podemos evitar hacernos otras preguntas: ¿Qué clase de servidor o servidora pública niega la salud a una mujer que se ve ante el trauma de abortar? ¿Qué clase de profesionales se declaran objetores justo en el momento de practicar una intervención quirúrgica en la sanidad pública? ¿Y cuántos de esos profesionales practican abortos previo pago de su importe en la sanidad privada?
Seguimos en la lucha por visibilizar, reconocer, prevenir, sancionar y erradicar cualquier tipo de violencia contra nosotras. Como decíamos al principio, vamos poco a poco. Aunque los avances son evidentes, queda mucho por conseguir, y todo lo logrado hasta ahora tampoco tiene garantía de permanencia cuando la extrema derecha y la derecha extrema nos tienen a las mujeres en su punto de mira.

NO MÁS VIOLENCIAS MACHISTAS.
LA VIOLENCIA MACHISTA LA PARAMOS UNIDAS
TODAS Y TODOS







