Tarifas de los servicios jurídicos de UGT Asturias 2022

Todos los trámites son gratuitos para afiliados y afiliadas con más de 6 años de antigüedad ininterrumpida en el sindicato (salvo reclamaciones judiciales con contenido económico)

Tarifas de los servicios jurídicos de UGT Asturias 2022
  • Se considera antigüedad la acreditada a la fecha de la primera consulta, ininterrumpida y al corriente de pago, siempre que la afiliación se mantenga durante todo el tiempo que dure la tramitación del procedimiento. De no cumplirse este requisito, se aplicará la tarifa correspondiente en función del último período al corriente de pago.
  • En el caso de que, una vez presentada la demanda, se llegue a un acuerdo judicial o extrajudicial con la empresa, se aplica el 50% de la tarifa.
  • En caso de retirada del expediente bien por desistimiento del encargo profesional efectuado o por ser solicitada la venia por otro profesional, se abonara la cantidad de 150 euros por los trámites realizados en vía administrativa o judicial.
  • Los porcentajes se aplican sobre la cantidad percibida. En el caso de reclamaciones de pago periódico, sobre una anualidad de la cuantía reclamada.
  • En los procedimientos en los que el demandante del servicio utilice sucesivas fases sobre un mismo asunto – informes, organismos de mediación y conciliación, juzgados – las asesoría minutará solo la de mayor importe. A estos efectos, las consultas y los recursos ante los Tribunales Superiores se considerarán como nueva actuación.
  • Las cantidades reflejadas en la tarifa incluyen un IVA del 21% (tipo vigente en la actualidad) que se desglosará en la factura emitida al finalizar la tramitación. Los trámites que se minutan a porcentaje se incrementarán en el IVA correspondiente. Las cantidades establecidas para la apertura de expediente y formalización de recurso se abonarán al inicio del trámite, sin perjuicio de su inclusión en la factura emitida a su finalización.
  • Los no afiliados y afiliadas al Sindicato, así como los afiliados y afiliadas de menos de 6 meses de antigüedad deben abonar en los Servicios Jurídicos la cantidad fijada como consulta para poder ser atendidos, sirviendo el abono de una consulta para el acceso cuantas veces sea necesario para un mismo asunto. En el momento de su resolución, deben abonar la cantidad fijada para cada uno de los trámites realizados.
  • No serán atendidas aquellas personas que adeuden cantidades a los servicios jurídicos en tanto no regularicen esta situación.
  • Las cantidades señaladas como mínimas en la tarifa se actualizan anualmente por el Comité de UGT Asturias.
  • En el caso de ejecuciones de sentencias de conflicto colectivo a los afiliados se les aplicará únicamente el 50% de la tarifa de reclamaciones judiciales y concursales con contenido económico sobre la cuantía finalmente percibida por el trabajador/a. En caso de ejecuciones de despidos colectivos en que se haya declarado la nulidad y obtenido la readmisión del trabajador/a esta tarifa se aplicará sobre los salarios de tramitación percibidos por el trabajador/a.
  • En el caso de concursos de acreedores en que no sea necesaria la presentación de demanda o incidente en las jurisdicciones social o mercantil se aplicará la cantidad correspondiente por la apertura del expediente y un porcentaje equivalente al 50% de la tarifa aplicable a las reclamaciones judiciales y concursales sobre la cuantía económica reclamada y cobrada por el trabajador/a.
  • Quienes no acrediten seis meses de afiliación ininterrumpida al sindicato al momento de la consulta inicial podrán acceder a los servicios jurídicos abonando una cantidad equivalente a seis meses de la cuota básica confederal o, en su caso, a tantos meses de dicha cuota como falten para alcanzar la antigüedad requerida.
  • Para todos los supuestos no contemplados expresamente en las tarifas, se elaborará un presupuesto previo que deberá ser aceptado por la persona usuaria del servicios jurídico.