Emma Fernández.

Cada año, según estimaciones de la OIT, se producen en el mundo entre 2 y 2,3 millones de fallecimientos atribuibles a la actividad laboral, de los cuales el 29% son debidos a cánceres ocupacionales.

El cáncer, es ya la principal causa de muerte “ por las condiciones de trabajo “ en Europa.

En nuestro país sin embargo, la declaración de los cánceres de origen laboral, es desde nuestro punto de vista, prácticamente invisible.

Según cifras del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, publicadas a través del Observatorio de las Contingencias Profesionales, en el año 2018 se han registrado en el sistema CEPROSS (Comunicación de Enfermedades Profesionales) , tan sólo 28 enfermedades profesionales del Grupo 6 Carcinógenos, 15 de ellas causadas por amianto, y 15 de las 28 no causaron baja médica.

A nuestro entender, existe una clara infradeclaración de los cánceres de origen laboral y es necesario que estos afloren por varias razones, por una parte porque la falta de reconocimiento del cáncer de origen laboral, está privando a los trabajadores y trabajadoras afectados de las prestaciones derivadas de la Contingencia Profesional, por otra parte, que sean considerados como enfermedad común, significa que sean atendidos desde el Sistema Público de Salud con el consiguiente coste para la sociedad en su conjunto, cuando deberían ser la Mutuas Colaboradoras de la Seguridad Social las que deberían hacerse cargo desde el inicio reconociendo el origen laboral del cáncer.

Por otra parte, esta infradeclaración, genera un problema muy grave desde el punto de vista de la Prevención de Riesgos Laborales, pues al no ser reconocidos es como si no existieran a efectos de su prevención (lo que no se declara, no se previene )

En España la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos y mutágenos, regulada en el RD 665/1997, establece la obligación del empresario de evitar los riesgos y evaluar aquellos que no han podido evitarse, teniendo en cuenta a los trabajadores especialmente sensibles y estableciendo las medidas necesarias para evitar el riesgo como:

  • Sustitución de los agentes cancerígenos por otros que no lo sean.
  • Sistemas cerrados de trabajo
  • Limitación de las cantidades de agentes cancerígenos y de trabajadores/as expuestos/as.
  • Instalación de sistemas de aspiración y ventilación
  • Medidas de protección colectivas e individuales
  • Delimitación de las zonas de trabajo
  • Medidas higiénicas

Y por supuesto:

  • Formación e
  • Información

Desde la Unión General de Trabajadores, proponemos para acabar con la invisibilidad del cáncer de origen laboral:

  • La revisión periódica del listado de Enfermedades Profesionales que apenas ha sido revisada desde su publicación en 2006.
  • La revisión de los criterios para declarar una enfermedad como profesional, que actualmente solo se declara como profesional si su origen es únicamente laboral y está recogida en el listado español, encontrándonos así con el problema de enfermedades como el cáncer que pueden tener un origen multicausal no exclusivo del medio laboral , por lo que no son considerados  como contingencia profesional aunque su causa principal sea el trabajo desarrollado. Además, en muchos casos al tener un importante periodo de latencia entre su exposición y la manifestación de sus efectos, la mayoría de las veces no se relaciona con la actividad laboral.
  • Consideramos absolutamente necesario la aprobación de un Plan de Acción Estatal para la erradicación de todas las fuentes de amianto existentes, que incluya la elaboración de un registro riguroso y exhaustivo de edificios e instalaciones que contengan amianto, y la creación de un fondo de compensación para las víctimas, de tal forma que los trabajadores y trabajadoras afectados/as así como sus familias no tengan que luchar en los juzgados para reclamar sus derechos, con el importante coste económico que esto supone y por supuesto el alto coste personal.
  • Se debe de extender la vigilancia de la salud post-ocupacional al conjunto de los trabajadores y trabajadoras que hayan podido estar expuestos a lo largo de su vida laboral a agentes cancerígenos.

Todo esto, requiere un compromiso real y efectivo de administraciones y empresas que permitan la consecución cierta de el derecho a la salud y evitar que las enfermedades como el cáncer laboral sigan siendo tratadas como enfermedades comunes y por tanto siegan siendo invisibles de cara a la Prevención de Riesgos Laborales.

No hay comentarios

Dejar respuesta