Este mediodía, en Oviedo, tuvo lugar la concentración convocada conjuntamente con CCOO para manifestar el rechazo a la sentencia del Tribunal Constitucional de 16 de octubre, que permite el despido objetivo por ausencias intermitentes, aunque sean justificadas.

La sentencia ha generado ha generado una gran indignación y alarma social. El artículo del Estatuto de los Trabajadores que lo permite, el 52.d, existe desde 1980, pero fue con la redacción dada por la reforma laboral de 2012 cuando se endureció sustancialmente su aplicación al suprimir la referencia al volumen de inasistencias total de la plantilla en el centro de trabajo. Con ello se individualizaba totalmente el cómputo a considerar y se culpabilizaba a la persona por el hecho de ejercer el derecho a una recuperación efectiva en el caso de enfermedades de origen común, entre otros derechos.

UGT y CCOO no cejaremos hasta reequilibrar el marco legislativo y ajustarlo a la realidad del siglo XXI. Pero es urgente y de justicia suprimir un precepto legal que ampara la discriminación de forma evidente, que culpabiliza a la persona trabajadora y que impide ejercer los derechos de trabajadores y trabajadoras, como el derecho a la recuperación efectiva. Derogar las reformas laborales es una necesidad, pero acabar con el artículo 52.d es urgente.

Para lograr este objetivo reclamamos a los partidos políticos y a sus grupos parlamentarios un compromiso con la necesidad de mejorar las condiciones materiales de vida de la clase trabajadora.

Más info: artículo de Javier Fernández Lanero. La Nueva España 27/11/2019

 

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